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Acceso a pensiones y cobertura médica tendrán por ley parejas del mismo sexo

Ninguna institución podrá discriminar y obstaculizar estos derechos. Ha quedado publicada la reforma y el acceso a la seguridad social en parejas del mismo sexo

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Se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. Este decreto tomó su tiempo en ser publicado, pero las parejas del mismo sexo tendrán por ley acceso a pensiones y cobertura médica.

El Congreso aprobó el 6 de diciembre la reforma para asegurar el acceso a la seguridad social en parejas del mismo sexo. Hablamos de prestaciones como la pensión por viudez y servicios de guardería.

Esto fue presentado por los senadores Germán Martínez Cázares, Grupo Plural y Martha Lucía Mícher Camarena, Morena.

Es necesario precisar que la Presidencia de la República requiere transparentar los criterios por los cuáles se retrase o se regrese los decretos remitidos por las cámaras del Congreso. Si bien sabemos que la agenda presidencial es la que prevalece, las personas, sobre todo aquellas que son beneficiarios de dichas reformas, merecen saber las razones.

El presidente Andrés Manuel López Obrador puede tardar hasta 24 horas en publicar decretos de su prioridad, pero en temas de suma importancia como lo es este, tardó semanas.

Foto: Freepik

¿Parejas del mismo sexo tendrán por ley acceso a pensiones y cobertura médica?

El Diario Oficial de la Federación, el cual emite la Secretaría de Gobernación, ha publicado el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

La Cámara de Senadores avaló el reconocimiento del derecho de las parejas del mismo sexo a acceder a los beneficios de la seguridad social, incluyendo las pensiones. Las modificaciones aplicarán tanto para las personas trabajadoras de los sectores público y privado.

Por unanimidad, la Cámara Alta aprobó el dictamen para reformar la Ley del Seguro Social y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.

Cambios con los que se reconoce como beneficiario a la pareja de la persona asegurada, sin importar el sexo y si se encuentran en matrimonio, concubinato o unión libre.

Con esta publicación realizada la protección social a cónyuges, concubinarios del mismo sexo ya es un beneficio por ley. Se plasma que ninguna institución podrá discriminar y obstaculizar estos derechos, por el contrario, todas y todos sin importar sus ideas y preferencias, tienen garantizada su igualdad ante la ley.

Este proceso empezó a tomar forma hace cuatro años. El proyecto fue aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre de 2018.

Ahora las parejas del mismo sexo podrán reconocer como beneficiarios de los asegurados a sus cónyuges y concubinos.

Foto: Freepik

¿Cuáles son los cambios que incluye la reforma?

La reforma incluyó cambios a 13 artículos de la Ley del IMSS y a 10 artículos de la Ley del ISSSTE, los principales cambios que contempla son:

  • Introduce la palabra “cónyuge” como término genérico.
  • Reconoce la figura de unión civil para garantizar derechos, servicios y prestaciones a cónyuges del mismo sexo.
  • Otorga a la mujer trabajadora el derecho de transmitir a su beneficiario o beneficiaria una pensión de viudez.

Con este dictamen publicado en el Diario Oficial de la Federación, DOF, se da un pequeño gran paso en acortar la brecha de desigualdad y discriminación en nuestro país.

Se hacen patentes los ideales suscritos en el artículo primero de nuestra Carta Magna para que todas las personas en nuestro territorio gocen de las garantías para su protección.

Aboliendo toda discriminación motivada incluso por el género o las preferencias sexuales. Las parejas del mismo sexo gozarán de las mismas prestaciones, derechos y obligaciones de la seguridad social que las uniones celebradas entre hombres y mujeres, como acceso a guarderías.

La reforma entrará en vigor 6 meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, DOF.

En este tiempo el IMSS y el ISSSTE deberán adecuar reglamentos, normas y todas las disposiciones internas. Ambas instituciones podrán solicitar recursos financieros adicionales para cumplir con estas nuevas obligaciones.

(Con información de Secretaría de Gobernación, Secretaría de Salud y el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación)