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Discutirán para regular fertilización artificial

El proyecto prohíbe el arrendamiento de úteros; elimina el límite de edad para recibir atención e impide diseñar genéticamente a los hijos.

Escrito en OTROS el

Luego de que fuera otorgado al padre de la fecundación in vitro, Robert Edwards, el Premio Nobel de Medicina, el Senado anunció que reactivará este martes en comisiones la discusión del marco jurídico en México que regule la fertilización artificial. El proyecto prohíbe el arrendamiento de úteros —pues esta prestación se hará gratuita y únicamente los receptores pagarán la manutención—; elimina el límite de edad para recibir atención e impide que los matrimonios diseñen genéticamente a sus hijos con base en catálogos.

El presidente de la Comisión de Salud (PAN), Ernesto Saro, explicó que el proyecto de dictamen que se discutirá esta tarde establece candados para evitar, por ejemplo, que el arrendamiento de úteros se convierta en un negocio.

Cabe recordar, que hace unas semanas, el legislador, en entrevista con SUMEDICO, dijo que esta se trata de una ley aún más amplia que la aprobada en comisiones en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, pues esta se refiere únicamente a la subrogación de vientre o útero, lo cual es un gran avance para establecer las obligaciones y derechos tanto de la donante como de la receptora, pero es necesario abarcar más, pues son diversos los problemas en las diferentes técnicas de reproducción asistida.

Empero, apuntó, el problema prioritario es salvaguardar los derechos del hijo que se quiere procrear.

El senador Saro Boardman explicó que existen casos, como en la donación artificial, donde la pareja acude a los bancos de esperma, "pues no es justo que llegues y que en un catálogo estés viendo las fotografías y los precios del esperma, ¿no?, para escoger si lo quieres güerito,  entonces se tiene que ver que el fenotipo, la raza, sea semejante al de la pareja”.

Y en este contexto se presentan otras problemáticas, como es el caso de acciones en contra de los donantes de esperma: “Imagínate que alguien de buena voluntad done esperma y luego tenga demandas de paternidad, años después”.

Los posibles casos de abusos pueden variar de acuerdo a las terapias: “Vas con un médico por una terapia de enriquecimiento de esperma, donde a través de un sistema enriquecen el esperma para que puedas fecundar a tu pareja, pero que de ese mismo esperma el médico decida fecundar a otras personas sin tu conocimiento”.

Lo mismo se replica en el caso de la fecundación in vitro: “A una mujer se le provoca una ovulación masiva para generar una cantidad de óvulo muy grande y permitan que sea más exitosa la fecundación, bueno, esos óvulos también están disponibles para otras mujeres”.

“Eso sucede porque no hay ley que lo prohíba, hoy no está, entonces tenemos que regular qué es un banco de esperma, cómo se debe controlar, cuál es el registro, cuáles son las obligaciones y los derechos de los donantes y los receptores, igual de los bancos de óvulos”, enfatizó el legislador panista.

El documento de 106 artículos relacionados con las responsabilidades y derechos del hombre o la mujer unidos en matrimonio civil o concubinato con problemas de esterilidad o infertilidad, donadores de células germinales, mujeres receptoras de embrión, centros autorizados y bancos de células germinales.

Prohíbe a los padres “diseñar a los bebés” porque establece que se tendrá que cumplir con la raza y fenotipo de los padres, e incluye sanciones de cárcel hasta por 15 años a quienes utilicen los procedimientos artificiales con fines distintos a los establecidos en un contrato.

Esta es la tercera ocasión que el dictamen, modificado 18 veces, será discutido.