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Con 405 infectados y 5 muertes por COVID-19, piden quedarse en casa

Alomía detalló que hay 1219 casos en calidad de sospechosos que podrían cambiar a confirmados.

Escrito en ESPECIALIDADES el

Hasta el momento existen 405 casos de COVID- 19 en México y la recomendación principal para toda la población es no salir de casa,  se pide salid únicamente para las actividades críticas. Durante la conferencia de prensa llevada a cabo en Palacio Nacional, dirigida por el subsecretario de salud, el doctor Hugo López Gatell y con la presencia de Víctor Hugo Borja Aburto, epidemiólogo y director de prestaciones médicas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Gustavo Reyes Terán y el doctor José Luis Alomía, director General de Epidemiología, se presentó el estado actual de COVID 19 en México.

Los casos confirmados se concentran en los estados de Nuevo León, Jalisco, Estado  de México, CDMX y la península de Yucatán.  Hasta el momento Tlaxcala no tienen ningún caso confirmado pero existen 18 casos sospechosos de los cuales podría salir un caso confirmado, detalló José Luis Alomía. Las dos terceras partes se concentran en el sexo masculino. Durante la conferencia también se aclaró que son dos los bebés contagiados hasta el momento.

De los casos confirmados, el 88% de se han mantenido en atención ambulatoria; se han mantenido en su domicilio. El 7% de los casos que ingresaron al segundo nivel entraron en estado estable y en el 2% de los casos, como graves.

López Gatell insistió en la importancia de quedarse en casa como principal medida de prevención ante el escenario de la enfermedad que se cursa en el país.

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Letalidad de COVID-19 en México cercana al 1.2%, van 405 casos confirmados: piden quedarse en casa

¿Cuál es la letalidad de COVID- 19 en México?

Respecto al tema de las defunciones, las personas fallecidas presentaban las siguientes comorbilidades: obesidad (60%), diabetes (60%), hipertensión arterial (40%) y enfermedad renal (20%).

Ya son 5 los muertos por COVID-19 en México. La letalidad en México es de 1.2% muy por debajo de la letalidad hasta el momento reportada en otros países.

Entre los síntomas de coronavirus que deben ser identificados para la búsqueda de atención médica, están tos, fiebre y dificultad para respirar. Las autoridades además han señalado que existen personas que requieren más cuidados pues se encuentran en situación de riesgo, por ejemplo las personas con diabetes, hipertensión o enfermedades que comprometan su sistema inmunológico.

Se debe tener cuidado especial con las personas mayores y aquellas que presentan alguna enfermedad crónica, como la diabetes, hipertensión o enfermedad renal, que han sido identificadas como grupo de riesgo.

La medida fundamental sigue siendo la sana distancia que es una medida social para reducir la frecuencia de contacto entre las personas con el fin de disminuir el riesgo de propagación de enfermedades transmisibles, en este caso el COVID-19.

Para mantener una sana distancia y reducir la probabilidad de exposición y por lo tanto de contagio, se sugieren distancias de: 1.50, 1.80, 1.95 y 2.25 metros, de acuerdo con el escenario, según información de la Secretaría de Salud (Ssa).        

Medidas preventivas y de higiene en el hogar

Las recomendaciones preventivas y de higiene en el hogar ante la situación de aislamiento, son:

- Lavarse las manos frecuentemente con agua y jabón o utilizar gel con base de alcohol al 70%.

- Al toser o estornudar, utilizar el estornudo de etiqueta, que consiste en cubrirse la nariz y boca con un pañuelo desechable o con el ángulo interno del brazo.

- No tocarse la cara, la nariz, la boca y los ojos con las manos sucias.

- Limpiar y desinfectar superficies y objetos de uso común en: casas, oficinas, sitios cerrados, transporte, centros de reunión, etc.

+ Quedarse en casa cuando se tienen padecimientos respiratorios y acudir al médico si se presenta alguno de los síntomas (fiebre mayor a 38°C, dolor de cabeza, dolor de garganta, escurrimiento nasal, etc.)

A continuación te compartimos recomendaciones generales para la limpieza y desinfección de tu hogar, ya que una de las medidas clave que ha comenzado a instaurarse paulatinamente es el aislamiento social también conocido como sana distancia:

1. Lo que más debes limpiar. Limpia y desinfecta las superficies que son tocadas con frecuencia, por ejemplo mesas, sillas y sus respaldos, manijas de las puertas, interruptores de luz, escritorios, lavabos, inodoros y controles remotos.

2. Contacto con personas enfermas. Si en tu casa hay una persona enferma, reduce la limpieza a cuando sea estrictamente necesaria. De esta manera evitarás contacto de riesgo innecesario.

3. Cuarto exclusivo. En medida de lo posible, se sugiere que las personas enfermas tengan un cuarto específico y lejano de los demás miembros del hogar.

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4. Reserva única. Para las personas que se encuentren enfermas, los limpiadores, desinfectantes, pañuelos desechables y toallas de papel deberán ser de uso exclusivo.

Los componentes de la Jornada Nacional de Sana Distancia establecida por la Ssa para México se muestran en la siguiente imagen:

Publicación en el Diario Oficial de la Federación

Finalmente ya ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO por el que se establecen las medidas preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cual, en su ARTÍCULO SEGUNDO menciona las medidas preventivas que los sectores público, privado y social deberán poner en práctica:

a) Evitar la asistencia a centros de trabajo, espacios públicos y otros lugares concurridos, a los adultos mayores de 65 años o más y grupos de personas con riesgo a desarrollar enfermedad grave y/o morir a causa de ella, quienes en todo momento, en su caso, y a manera de permiso con goce de sueldo, gozarán de su salario y demás prestaciones establecidas en la normatividad vigente indicada en el inciso c) del presente artículo. Estos grupos incluyen mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, menores de 5 años, personas con discapacidad, personas con enfermedades crónicas no transmisibles (personas con hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica, enfermedad cardiaca), o con algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico;

b) Suspender temporalmente las actividades escolares en todos los niveles, hasta el 17 de abril del 2020, conforme a lo establecido por la Secretaría de Educación Pública;

c) Suspender temporalmente las actividades de los sectores público, social y privado que involucren la concentración física, tránsito o desplazamiento de personas a partir de la entrada en vigor de este Acuerdo y hasta el 19 de abril del 2020.

Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las organizaciones de los sectores social y privado, deberán instrumentar planes que garanticen la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y garantizar los derechos humanos de las personas trabajadoras, en particular los señalados en el inciso a) del presente artículo, y de los usuarios de sus servicios.

En el sector público, los Titulares de la Áreas de Administración y Finanzas u homólogos o bien las autoridades competentes en la institución de que se trate, determinarán las funciones esenciales a cargo de cada institución, cuya continuidad deberá garantizarse conforme al párrafo anterior.

En el sector privado continuarán laborando las empresas, negocios, establecimientos mercantiles y todos aquéllos que resulten necesarios para hacer frente a la contingencia, de manera enunciativa, hospitales, clínicas, farmacias, laboratorios, servicios médicos, financieros, telecomunicaciones, y medios de información, servicios hoteleros y de restaurantes, gasolineras, mercados, supermercados, misceláneas, servicios de transportes y distribución de gas, siempre y cuando no correspondan a espacios cerrados con aglomeraciones.

De la Ley Federal del Trabajo...

Las relaciones laborales se mantendrán y aplicarán conforme a los contratos individuales, colectivos, contratos ley o Condiciones Generales de Trabajo que correspondan, durante el plazo al que se refiere el presente Acuerdo y al amparo de la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.

Todo lo anterior, con estricto respeto a los derechos laborales de las y los trabajadores, en los sectores público, social y privado;

d) Suspender temporalmente y hasta nuevo aviso de la autoridad sanitaria, los eventos masivos y las reuniones y congregaciones de más de 100 personas;

e) Cumplir las medidas básicas de higiene consistentes en lavado frecuente de manos, estornudar o toser cubriendo boca y nariz con un pañuelo desechable o con el antebrazo; saludar aplicando las recomendaciones de sana distancia (evitar saludar de beso, de mano o abrazo) y recuperación efectiva para las personas que presenten síntomas de SARS-CoV2 (COVID-19) (evitar contacto con otras personas, desplazamientos en espacios públicos y mantener la sana distancia, durante los 15 días posteriores al inicio de los síntomas), y

f) Las demás que en su momento se determinen necesarias por la Secretaría de Salud, mismas que se harán del conocimiento de la población en general, a través del titular de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud.

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